lunes, 23 de febrero de 2015

LAS APORTACIONES AL PLAN DE PENSIONES 2014

El actual equipo de gobierno del PP, pasará a la historia, como el gobierno municipal que más deudas salariales ha contraído y tiene pendientes con sus trabajadores; a las ya conocidas deudas de los pagos de Ayudas Sociales correspondientes al año 2014 y los 44 días de la Paga Extraordinaria de Navidad de 2012, ahora se une, el de las aportaciones propias del año 2014 al Plan de Pensiones que los trabajadores municipales tienen reguladas en sus convenios y acuerdo colectivo.

Es por todos conocido, que en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2012, se prohibieron las aportaciones de administraciones, entidades y sociedades del sector público a los planes de pensiones de empleo. Igualmente sucedió en la Ley de Presupuestos Generales del Estado  de 2013.

En cambio, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2014, se introdujo una salvedad por la cual se permitía realizar aportaciones al Plan de Pensiones por parte de las administraciones, siempre que la misma se respetase. Dicha salvedad, consiste en que dichas aportaciones no conformen aumento de la Masa Salarial correspondiente a la Administración de referencia, en nuestro caso, el Ayto. de Collado Villalba.

A continuación, razonamos los motivos por los que entendemos deben de realizarse los ingresos de las aportaciones económicas correspondientes del año 2014 al Plan de Pensiones de los empleados municipales:

  • En primer lugar y dado que, tenemos que cumplir la salvedad citada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014, vendrá bien conocer cuál es el concepto y/o contenido de «MASA SALARIAL» (Conócelo pinchando AQUÍ).


  • Conocido el concepto y/o contenido, se comprueba, que los gastos en ayudas económicas derivados de la Acción Social forman parte de la Masa Salarial de los empleados públicos municipales.


  • En los Convenios y Acuerdo Colectivo de los trabajadores municipales (Lo podéis ver en los siguientes vínculos: 1, 2 y 3), se incluye un artículo titulado «FONDO DE ACCIÓN SOCIAL» que está dotado económicamente con una cantidad que a su vez se incluye anualmente en los correspondientes Presupuestos Municipales (En los presupuestos de 2012, 2013 y 2014 se ha presupuestado 300.000’00€ por año). El mencionado FONDO, es, por conceptuarlo de alguna manera, único o global, y de él se nutren las ayudas escolares, odontológicas, oftalmológicas y otras que la Comisión correspondiente decida; así como, la cantidad oportuna destinada a las aportaciones del Plan de Pensiones. Resumiendo, éste FONDO, conforma una parte constante de la MASA SALARIAL total de los empleados públicos del Ayto. de Collado Villalba.


  • En los siguientes imágenes correspondientes a los Presupuestos Municipales de 2012, 2013 y 2014, observaréis, que el Ayuntamiento ha presupuestado los 300.000’00€ mencionados para el FONDO DE ACCIÓN SOCIAL. Ahora, no confundiros y penséis que al ver que en la Descripción donde se señala «Acción Social» y se la dota con 214.175,16€, os estamos engañando ya que no son 300.000,00€ como anteriormente indicamos; lo que ocurre, es que la normativa que regula la elaboración presupuestaria local, codifica concretamente el lugar que corresponde a cada gasto. Por tanto, si nos vamos a las codificaciones descritas como «Contribuciones al Plan Pensiones» y sumamos su dotación económica a la de «Acción Social», comprobaremos que la cantidad total es la correspondiente a los 300.000,00€ establecida en el Acuerdo y Convenio, y que el Ayto. está obligado a cumplir.


IMAGEN PRESUPUESTO 2012



IMAGEN PRESUPUESTO 2013


IMAGEN PRESUPUESTO 2014



Por todo lo anterior, es fácil deducir, que si el Ayto. realiza las aportaciones correspondientes del año 2014 al Plan de Pensiones, la MASA SALARIAL nunca experimentará aumento alguno, puesto que el FONDO DE ACCIÓN SOCIAL siempre ha estado dotado con la misma cantidad económica, cantidad que por norma reglamentaria está obligado el Ayuntamiento a presupuestar anualmente, salvo que en negociación colectiva se acordase otra distinta, cosa que no se ha producido.  

Finalmente comunicar, que la sección sindical de la CGT viendo el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos de 2014 a fecha 31 de diciembre del citado año, que disponemos en la imagen inferior, y observando que no se ha ingresado a los trabajadores el importe que por derecho les pertenece, ha realizado la correspondiente petición escrita solicitando el abono de las aportaciones correspondientes al periodo 2014 del Plan de Pensiones.

IMAGEN ESTADO DE EJECUCIÓN GASTOS 2014


jueves, 12 de febrero de 2015

Las mutuas al descubierto

Las “Mutuas Patronales de Accidentes y Enfermedades Laborales de la Seguridad Social” han cambiado de nombre, con la nueva Ley de Mutuas 35/2014 de 26 de diciembre pasan a llamarse “Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social”. ¿Por qué este cambio de nombre?, pues porque además de las competencias relativas a los accidentes y enfermedades profesionales ahora tendrán algunas competencias en las enfermedades comunes. También se produce un cambio en la definición, hasta ahora eran “asociaciones constituidas por empresarios” y con la nueva ley pasan a ser “asociaciones privadas de empresarios”. Una manera de remarcar más todavía  el carácter privado de las mutuas.

Las mutuas se financian básicamente con las cotizaciones por accidentes de trabajo y con una fracción de las cotizaciones por contingencias comunes. Todas las empresas, así como los autónomos y autónomas han de contratar los servicios de una mutua al constituirse y deben de ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social un porcentaje del salario de cada persona trabajadora, ese porcentaje dependerá del tipo de actividad. Aunque las aportaciones sean empresariales no debemos olvidar que son rentas del trabajo, de nuestro trabajo y por tanto nuestro dinero. Bien, a cambio de ese dinero, cuando tenemos un accidente laboral o enfermedad profesional la mutua se hace cargo de los gastos, por tanto cuanto menos tiempo estemos de baja, menos pruebas nos realicen, menos muertes por enfermedades profesionales existan, más beneficio le queda a la mutua.
Teniendo en cuenta lo anterior los intereses económicos de las mutuas entran en clara confrontación con nuestra salud. Tanto es así que cuando tenemos un accidente laboral las mutuas intentan que nos demos de alta lo antes posible y a toda costa, si aun así a los pocos días volvemos a recaer desvinculan la dolencia del accidente laboral y te desvían a la Seguridad Social para que sea el erario público el que corra con los gastos.
España se encuentra en una situación única dentro de los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), según los datos de las mutuas desde el año 2000 al 2004, en nuestro país no se produjo ninguna muerte por enfermedad profesional, en el año 2005 ya hubo 3 muertes. En cambio, según el Grupo de Investigación de Salud Laboral de la Universidad Pompeu Fabra, en España mueren 14.000 hombres y más de 2.000 mujeres por enfermedades contraídas en el lugar de trabajo, cada año hay 9.400 personas muertas por cáncer, 3.600 por enfermedades cardiovasculares y 1.700 por enfermedades respiratorias contraídas en el lugar de trabajo y ninguna de estas muertes aparece en los registros de las mutuas. Esto implica que las mutuas no pagan las compensaciones correspondientes por enfermedad profesional.

Pues bien, además de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, ahora con la nueva legislación las mutuas también tendrán competencias en las enfermedades comunes. La ley 35/2014 permite a las mutuas proponer a la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud el alta de una trabajadora o trabajador que esté de baja por enfermedad común. Para realizar esas propuestas de alta las mutuas podrán disponer de nuestro historial clínico y, si así lo consideran, podrán someternos a reconocimientos y exámenes médicos. Una vez hecha la propuesta de alta, la Inspección Médica de los SPS deberá responder a la mutua en un plazo de 5 días. Si estima la petición emitirá el alta y si la deniega deberá realizar un informe médico que justifique la continuidad de la baja. La Inspección Médica también podrá citar a la persona que esté de baja para hacerle una revisión médica, pero dentro de esos mismos 5 días.

Cuando se legisla de esta manera se da a entender que las trabajadoras y trabajadores nos dedicamos a estafar a la Seguridad Social, con ansias desmesuradas por convertir el asepeyo.jpgabsentismo laboral en tendencia. Por otra parte se transmite una desconfianza total hacia quienes trabajan en el  Sistema Público de Salud, ya que desde el primer día de la baja el personal médico de las mutuas puede realizar el seguimiento de dicha baja, o lo que es lo mismo, cuestionar su diagnóstico. Unos profesionales que acceden a su puesto de trabajo sin ningún tipo de prueba u oposición objetiva, los de las mutuas, cuestionando de manera sistemática el trabajo de profesionales sanitarios que han conseguido su plaza mediante una oposición.

Pero salgamos de lo abstracto, pongámosle nombres, las mutuas, al igual que los mercados no funcionan solas, sino que hay un grupo de personas que las dirigen. Tomemos como ejemplo la Muta Asepeyo, cuyo órgano de gobierno está compuesto, entre otras personas por: José Mª Juncadella Salisachs (de Arena Media Communications España, SA), José Luís Martínez Olivares (El Corte Inglés, SA), Luis Planas Martínez (Hoteles Valle de Arán, SA), José Abargues Morán (Ford España, SL), Antonio Alastuey González (Renault España, SA), F. Xavier Amorós Corbella (Sociedad General Aguas de Barcelona, SA), Joaquín Folch-Rusiñol Faixat (Industrias Titán, SA), Cécile Virginie Hesse (Danone, SA), María Soledad Luca de Tena y García-Conde (Diario ABC, SL).

Resulta extraño que directivos pertenecientes a empresas como Danone, Ford, Renault, Aguas de Barcelona, El Corte Inglés, ABC, entre otras, sean las que dirijan una entidad que se dedique a la sanidad, pero más extraño resulta que desde el poder político se les transfieran competencias que son de la Sanidad Pública. No consideramos de recibo que estas personas sean las que miren con lupa nuestras bajas e historiales médicos, estableciendo estrategias de persecución y presión tratándonos de delincuentes.

Si no hay recursos para que la sanidad sea universal, si las Urgencias de los hospitales están desbordadas, si las personas afectadas por la Hepatitis C no reciben el tratamiento necesario, ¿cómo es posible que se inviertan tantos recursos médicos para el seguimiento de las bajas médicas?. El médico de cabecera, el de la mutua y el de la inspección médica; repetición de las mismas pruebas y/o análisis en un espacio muy reducido de tiempo, expedientes y solicitudes que van y vienen de un departamento a otro y que deben de ser tramitadas y respondidas. ¿Cuánto dinero cuesta esto?, ¿Por qué tanta inversión en perseguirnos?.

Para la CGT esta Ley da un paso más en esa “carrera a ninguna parte” que los gobiernos neoliberales han emprendido de privatización de todo lo público, violando los principios de equidad, universalidad y eficiencia.

Toda privatización tiene un motivo: hacer negocio. Con los derechos no se negocia.


Para tod@s, todo. Para nosotr@s, nada.