La supresión de la paga
extra y el recorte en la IT perjudica más a los niveles inferiores y al
personal laboral
El perjuicio
que supone estás dos medidas afecta porcentualmente más a los niveles más bajos
de la administración y al personal laboral que a los niveles altos, al Director
General o al Secretario de Estado
Muchas decisiones de éste y del anterior Gobierno, han sido un verdadero atraco. Pero hay dos medidas tomadas en el último decretazo, que son (además de un “presunto robo”) totalmente desproporcionadas en su aplicación, pues no afectan por igual y de forma lineal a todos los empleados públicos. Son muchos más perjudiciales para un Auxiliar, pongamos por ejemplo, que para un Secretario de Estado. Se nota que la medida la confeccionaron altos cargos. Y por supuesto son más gravosas para niveles inferiores que superiores. Concretamente la supresión de la paga extra y los abonos complementarios de IT.
Muchas decisiones de éste y del anterior Gobierno, han sido un verdadero atraco. Pero hay dos medidas tomadas en el último decretazo, que son (además de un “presunto robo”) totalmente desproporcionadas en su aplicación, pues no afectan por igual y de forma lineal a todos los empleados públicos. Son muchos más perjudiciales para un Auxiliar, pongamos por ejemplo, que para un Secretario de Estado. Se nota que la medida la confeccionaron altos cargos. Y por supuesto son más gravosas para niveles inferiores que superiores. Concretamente la supresión de la paga extra y los abonos complementarios de IT.
Estamos acostumbrados
a ver continuos disparates de la Administración y así cuando el anterior Decretazo, decidió disminuir todas nuestras
retribuciones en un 5 %, se utilizo para ello unas medidas absurdas, que después
se han ido consolidando en las diversas Leyes de Presupuestos… EL salario base total, que anteriormente
venía establecido en 14 pagas iguales (doce mensualidades normales más dos
pagas extraordinarias de igual cuantía), de repente se modificó y se
estableció de forma desigual para los diversos empleados. A unos se les
aplicó más descuento en los salarios mensuales y a otros, más
reducción en las pagas extraordinarias. ¡Grave error! Pues esto, como
se detalla en el cuadro adjunto, supone que la supresión de la paga
extraordinaria no sea el mismo porcentaje de reducción para todos en el
sueldo base total anual:
Se ve claramente, que
esta medida le supone un descuento mayor sobre el salario base total,
al personal laboral. También a un funcionario del Grupo E, C2, C1 y
A2, que a uno del grupo A1. Y a cualquiera de estos funcionarios o
laborales, mayor que a un Secretario de Estado, Subsecretario o Director
General. Y otra curiosidad..... Los funcionarios del Grupo A2 (Gestión) tienen
más salario en la paga extra de 699,38 € que los del grupo A1 (Técnicos) con un
salario en la paga extra de 684,36 €.
En la segunda medida,
el complemento establecido (reducido) en las situaciones de I.T se
abonará sobre las retribuciones del mes anterior, lo que supone que a los
funcionarios que menos se les disminuyo el salario base real, cobrarán más que a
los que se les disminuyo en mayor medida.
Lo que vuelve a crear
una distribución totalmente desproporcionada de ese complemento. Siendo
otra vez mucho más perjudicados el personal laboral, e igualmente más un
Auxiliar que un Secretario de Estado. ¡Otra sorpresa! y una nueva
discriminación, que perjudica a los niveles inferiores.
En el siguiente
cuadro se verá, que el salario base mensual percibido sobre el que se aplicará
en las situaciones de IT, el complemento del 50%, 75% ó 100%, será un porcentaje
mayor o menor sobre el salario base total anual. Siendo mayor el porcentaje,
y por tanto el abono del complemento, para los niveles superiores que para los
inferiores.
Esto se hubiera solucionado con el simple método de aplicar un porcentaje sobre la base mensual de cotización (en la que están incluidas las retribuciones del mes y el prorrateo de las pagas extraordinarias), ¿se corregirá? Si la decisión la deben tomar Altos Cargos (que salen favorecidos) lo dudamos.