lunes, 30 de septiembre de 2013

«Por sus frutos los conoceréis» Mateo 7, 16-20

¿Por qué si puedo disponer de más días de vacaciones anuales, los sindicatos acuerdan quitármelos?


A veces, la aritmética no resulta ser tan exacta como dicen. Un ejemplo, lo acabamos de comprobar hace escasos días en la Mesa General de Negociación Conjunta de nuestro Ayuntamiento con la aprobación por parte de tres sindicatos del Acuerdo  del RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA MEJORA DEL SERVICIO PRESTADO A LOS CIUDADANOS POR PARTE DE LA POLICÍA LOCAL DE COLLADO VILLALBA.

Vamos a ver, si los empleados públicos pueden disponer legalmente de más de 30 días naturales  de vacaciones anuales, por qué algunos representantes sindicales se empeñan en limitar las mismas a 30 días anuales a los trabajadores de la Policía Local de Collado Villalba. Esperemos que no quieran hacer lo mismo con el resto de empleados laborales y funcionarios del Ayuntamiento; porque aparte de perjudicar a los trabajadores, es ilegal al ser contraria a la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

Para la CGT esta actuación sindical significa ir contra los intereses y derechos legalmente establecidos de los trabajadores municipales. Para ellos, parece que no, y según comentarios y manifestaciones que nos han llegado de empleados del Ayuntamiento, es la CGT quien va contra los trabajadores.

Hagamos unos números y juzguemos quién o quienes van contra los trabajadores:

Literalmente el Acuerdo de Policía que han aprobado la mayoría de sindicatos dice sobre sus vacaciones lo siguiente:


Los días naturales correspondientes a esos periodos (Entendemos que un mes natural o lo que es lo mismo, 30 días) siguiendo su orden durante 2013 hubiesen sido: 31, 30 y 30; total 91 días naturales respectivamente. Curiosamente, el primer periodo parece superar en un día el límite que fija el «legal» Acuerdo de Policía.

Si en esos mismos periodos, los empleados policías hubiesen disfrutado sus vacaciones por días hábiles (Que esta es otra, puesto que es como marca la Ley se deben de tomar y la mayoría de sindicatos aprueban lo contrario), les corresponderían en días naturales: 30, 33 y 31, total 94 días naturales respectivamente.

La diferencia es clarísima, en esos periodos concretos los EMPLEADOS de POLICÍA LOCAL gracias al visto bueno otorgado por la mayoría sindical a ese «legal» Acuerdo, HAN PERDIDO en el año TRES DÍAS DE VACACIONES a los que reglamentariamente tienen derecho.

La CGT hasta última hora ha intentado parar éste y otros contenidos del Acuerdo, que para nosotros suponen un «atraco» a los derechos de los trabajadores, «atraco» sorprendentemente infringido por quienes deben velar por su mantenimiento, mejora y defensa.

Como no podía ser de otra forma, la CGT procederá a corregir mediante las correspondientes acciones los daños que a nuestro juicio ha causado y pueda causar tan lamentable Acuerdo. No obstante, en la imagen inferior señalamos la dirección de la «OFICINA DE INFORMACIÓN»  que la Justicia ha establecido concretamente en Madrid para informar sobre como se deben disponer las vacaciones de los empleados públicos, entre los cuales se encuentran los policías locales, pincha sobre ella e infórmate.



Y después de esta irrefutable prueba ¿seguirán pensando lo mismo, o quizás necesiten alguna o algunas más del lamentable Acuerdo para que se den cuenta del «latrocinio» de derechos de los trabajadores que con su aprobación pueden provocar?