lunes, 21 de abril de 2014

El «VIGENTE» quinto teniente

En este Ayuntamiento va siendo costumbre que los Concejales hoy te digan una cosa y mañana otra diferente o hagan lo contrario de lo que inicialmente dicen, por lo menos esas parecen ser las maneras de actuar de determinados Concejales. Aunque en otras ocasiones, da la sensación de depender sus procedimientos de con qué pie se hayan levantado, lo bien que les «coman» la oreja o, como en el caso del video incluido en el artículo, de la interpretación que quieran darle a las normas legales.


Ya lo comentamos en anterior post a raíz del REQUERIMIENTO DE ANULACIÓN de 16 de abril de 2013 efectuado por la Delegación en Madrid del Gobierno de España al Ayuntamiento de Collado Villalba para que ajustase a la legalidad determinados artículos del Acuerdo/Convenio Colectivo vigentes.


Si habéis echado un vistazo a la imagen o si pincháis sobre ella y leéis el contenido del Requerimiento, os daréis cuenta de que no todos pasamos de igual forma la mano por la espalda al concejal de turno, no os preocupéis por ello, que como ahora se está negociando el Convenio, pediremos la inclusión de cursos de Formación Forzosa de Habilidades Extrasensoriales.

Decimos esto, porque no llegamos a entender cómo no se ha obrado de igual guisa con todos los trabajadores de la Brigada de Obras, abonándoles todas las guardias anuales e incluyéndoselas en distinto complemento.

Porque tampoco llegamos a comprender qué motivo hay para que no se abonen las Dietas conforme dictamina el Requerimiento a los empleados del SAC, CIM y demás áreas que correspondan. Aunque en algunos casos parece ser, que ni tan siquiera se abonan cuando se tiene derecho a su retribución.

Como tampoco comprendemos que no se regularicen de acuerdo al Requerimiento, complementos tales como turnicidad, nocturnidad, jornadas partidas, etc., que a unos trabajadores se les «paga» en blanco y a otros en negro.

Y todo ello a pesar de haberlo solicitado reglamentariamente como muestra la imagen:


Volviendo al objeto del artículo y en la línea de lo anterior, nos da que pensar si la no aplicación de todo lo anteriormente señalado se deba a que el REQUERIMIENTO pueda estar “invigente”, aunque vista en Pleno la reforma laboral última acaecida en el área de urbanismo creemos continúa vigente.

Y mientras tanto a día de hoy, fruto del capricho de no sabemos quién o quienes, todos los trabajadores seguimos sin percibir las Ayudas Sociales correspondientes al año 2013 y a otros se les está negando el derecho a peticiones de anticipos y préstamos de nómina.

Porque vamos a ver Sr. Concejal de Economía, Hacienda, Contratación y Patrimonio y Régimen Interior:

¿El no habernos abonado todavía a los trabajadores municipales las Ayudas Sociales del año 2013 y la negativa a conceder Préstamos y Anticipos es porque no está vigente como usted dice el Convenio o porque a usted no le da la gana cumplir la vigente legalidad de nuestro Convenio que establece el pago de las Ayudas y concesión de Préstamos y Anticipos?