viernes, 28 de mayo de 2010

La RRespuesta al HHacker

RESPUESTA A LA CUENTA DE CORREO CORPORATIVA DENOMINADA:

«Comunicacion Interna RRHH»

Que envió un mensaje titulado en Asunto: «COMUNICADO EMPLEADOS PÚBLICOS» el pasado viernes 21 de mayo a la totalidad de cuentas de correo electrónico que componen la intranet corporativa municipal



El mismo sistema propagandístico que ha difundido sin rubor en prensa, radio y televisión la noticia de que se han reducido al 50% los cargos de confianza (si no fallan nuestras cuentas hemos pasado de tener 13 a disponer de 9), ha emitido su particular veredicto sobre el resultado de las sentencias recaídas en los procesos judiciales seguidos por los CIMCO trabajadores de Garantía Social contra el Ayuntamiento de Collado Villalba, mediante nota informativa.

Fiel a su estilo, las manifestaciones contenidas en dicha nota informativa, se basan en meras conjeturas, realizando interpretaciones y juicios de valor que nada tienen que ver con la realidad contenida en los fundamentos y fallo de las sentencias.

Encabeza la nota la siguiente afirmación:

“Tras las múltiples acusaciones vertidas contra el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Collado Villalba, por las Secciones Sindicales CGT, CCOO, CPPM y los cinco trabajadores afectados…”

En un burdo intento por parte del verdugo de presentarse ante los vecinos como víctima, ya que como es lógico, un trabajador despedido lo primero que intenta es solventar esta situación de forma amistosa. Aunque no podemos olvidar que su obligación y la de los agentes sindicales que le representan, es defender su puesto de trabajo, utilizando los medios constitucionales a su alcance, sin sobrepasar nunca los límites de la legalidad, pese a las acusaciones que en este sentido nos imputa tan desafortunada nota.

Señor alcalde, permítanos decirle que los colectivos aludidos, hubiéramos preferido sin dudarlo un mal acuerdo que un buen juicio, sin embargo en ocasiones es imposible confrontar intereses opuestos, y si hemos cometido un tremendo error, este ha sido, creer que un gobierno socialista buscaría las vías necesarias para mantener en la medida de lo posible los puestos de trabajo de sus trabajadores, máxime cuando ha mediado una relación laboral superior a los 15 años de antigüedad.

Respecto a las afirmaciones incluidas en la nota en las que aseguran que el ejecutivo ha sido:

“…calumniado y vilipendiado de manera reiterada e injustificadamente en distintos medios de comunicación por las secciones sindicales y en aras de sus propios intereses, ya que uno de los cinco trabajadores, pertenece uno de los órganos de representación sindical.”

Manifestar, que son acusaciones muy graves, y que en todo caso deben probarse. Asimismo puntualizar que ha sido usted y no otro, el que ha acusado a dichas secciones sindicales y a los CIMCO trabajadores despedidos de tener una actitud pseudomafiosa. No creemos que sea necesario recordarle, que las secciones sindicales estamos para defender los derechos en materia laboral de todos los trabajadores, incluidos los que pertenecen a sus órganos de representación.

El hecho de que el Tribunal Superior de Justicia declarase improcedente el despido de dos trabajadores (STSJ nº 242 de 12 de abril de 2.010.) y procedente los otros tres despidos (STSJ nº 276), fue la causa de que pusiéramos a disposición de todos los trabajadores municipales el texto íntegro de ambas sentencias con el objeto de que cada uno pudiese sacar sus propias conclusiones, actitud que dista mucho de la interpretaciones oportunistas, parciales y carentes de rigor vertidas en un anónimo comunicado (de similar o idéntico contenido al de la nota), distribuido por no sabemos quien a la totalidad de cuentas de la intranet corporativa municipal respecto de los pronunciamientos del Tribunal.

Es rotundamente falso que la sentencia favorable, establezca que:

“…se desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Collado Villalba, única y exclusivamente por una cuestión meramente procesal…”

Ya que la misma establece claramente que:

“Pero no consta en los hechos probados dato alguno que ponga de manifiesto que los contratos de los actores se sujetaron en su inicio, en sus numerosas prórrogas, y desde el fin de la última prórroga hasta la decisión extintiva adoptada por el Ayuntamiento, a la realización de determinados Programas o Planes, no constando cuáles fueran éstos (de existir) ni tampoco su financiación por subvenciones o ‘ingresos externos de carácter finalista’, ni tampoco que estas subvenciones o ingresos dejaran de existir en un momento determinado coincidente con la decisión extintiva.”

Deja caer también en su nota que la sentencia desfavorable a sus intereses, no se ha ganado por un error o matiz procesal que no se enmendó. Señor Alcalde ¿Cómo puede afirmar, que ha perdido un juicio por un error o matiz procesal no enmendado, cuando ha contado con los mejores juristas en materia laboral de este país, sin reparar en gasto alguno?

Señor Alcalde, si lo desea puede continuar empleando a prestigiosos asesores legales en desvirtuar la realidad y a influyentes medios de comunicación en ventilar sus falsas verdades, pero no tenga la menor duda que las secciones sindicales que usted denomina pseuodomafiosas continuaremos defendiendo, y no permutando y perforando en favor de intereses particulares, los derechos de los trabajadores, único sentido de nuestra existencia.