viernes, 7 de marzo de 2008

8 de marzo. DÍA DE LA MUJER TRABAJADORA

Secretaría de la Mujer. Comité Confederal de la CGT, miércoles 13 de febrero de 2008

Desde la CGT y siguiendo en la línea de nuestro trabajo cotidiano, queremos de nuevo, otro 8 de marzo más, poner de manifiesto que la conciliación de la vida laboral y familiar propuesta, la que se nos vende a través de diferentes propuestas legislativas, a través de convenios colectivos y a través de las campañas de propaganda, es MENTIRA.

Es por esa razón que queremos continuar abordando el tema de los CUIDADOS, alzando la voz para decir que:

¡RENUNCIAMOS A LA EXCLUSIVIDAD DE LOS CUIDADOS¡

Exclusividad que nos viene marcada por la asignación de roles en la sociedad y cuya evolución es prácticamente nula. Continuamos siendo las mujeres las que realizamos los trabajos necesarios para el mantenimiento de la vida, es decir, las tareas cotidianas de cuidados que no son remuneradas

Porque cuidar es un derecho, el derecho a la “cuidadanía”, aunque también una obligación. Y exigimos los mismos derechos y obligaciones para todos y todas. Sin exclusividades. Es urgente que nos lo creamos nosotras, que lo quieran ellos y que la sociedad (empresas incluidas) lo asuma. Tenemos que conseguir un planteamiento integral de la vida.

La vida como derecho y responsabilidad de cada persona, sin las hipocresías que desde los sectores más rancios están poniendo un manto de confusión y culpabilización sobre las mujeres. Vamos a intensificar la respuesta a las campañas que aumentan el sufrimiento de las mujeres. No queremos abortar, pero exigimos el derecho a hacerlo si la situación nos lo pide. Cada una de nosotras, si lo necesitamos.

Queremos la despenalización del aborto y en general, leyes que mejoren la vida de las personas afectadas. Porque el Gobierno nos quiere hacer creer, ahora, que la Ley de Igualdad y Conciliación hará posible dichas aspiraciones, sin romper los principios del máximo beneficio de las empresas, ni la dicotomía entre lo público (que tiene valor social) y lo privado (que sigue siendo invisible).

Pero las leyes promulgadas son ambiguas y permisivas para el capital, dejando que gran cantidad de obstáculos sean interpuestos en la senda de la real conciliación de la vida familiar y laboral. Impidiendo, por un lado, que las mujeres puedan desarrollarse en la medida de sus deseos en los dos ámbitos, o empujándolas a optar priorizando uno de ellos y frustrando, por otro lado, la necesaria progresión de los hombres en el ejercicio de su derecho a cuidar.

Los beneficios de la Ley de Igualdad se relegan al dudoso buen resultado de la negociación colectiva, sin obligar a llegar a un acuerdo ¡Obliga a las empresas grandes a negociar! Y ¿si no se alcanza el acuerdo? Una ambigüedad más, para probar la fuerza de las partes contendientes.

Además de todo esto, el capital – con la excusa de ofrecernos todas las facilidades y avances a las mujeres para conciliar nuestra vida familiar – nos está vendiendo “nuevas” formas de trabajo como el teletrabajo. Nos venden que trabajar en nuestro propio hogar nos permite disponer de más tiempo para atender las necesidades familiares.

Nosotras, como mujeres trabajadoras sabemos que esta “nueva” forma de organización del trabajo no es sino una estrategia empresarial para justificar la flexibilidad laboral que acaba escondiendo el trabajo de los cuidados invisibilizado (y no remunerado) y acaba por justificar políticas neoliberales de recortes de servicios públicos como guarderías públicas y gratuitas, servicios profesionales de geriatría, etc…

¿Y las ayudas que nos anunciaron con la Ley de Dependencia? Se ha convertido en una carrera de obstáculos para conseguir alcanzar en la meta una simple ayuda para la supervivencia. Sin modificar el verdadero sentido de los cuidados, que sería asumir la responsabilidad colectiva de los mismos, sacándolos del reducto invisible del ámbito privado y de sus encargadas, las mujeres.

Nos obligan a nosotras mismas a intervenir en la precarización de otras mujeres. La perversión del sistema lleva a la sustitución en el ámbito privado de unas por otras estableciendo una cadena de precariedades. Las trabajadoras del hogar, cobran unos sueldos que son un verdadero atropello, sin derechos laborales como el resto de trabajador@s, por estar enmarcadas en el famoso Decreto del 1985. Régimen Especial de Empleadas de Hogar que debería ser una vergüenza para nuestras instituciones. Sector al que acceden especialmente las mujeres sin papeles que vienen de la inmigración y continúan en la precariedad, al margen de cualquier reconocimiento de derechos, trabajando en situaciones casi de esclavitud, sin derechos laborales. ¿Dónde están las propuestas que dice el Gobierno haber realizado para mejorar la situación de las Empleadas de Hogar?

Trabajamos por una sociedad que se enriquezca con la aportación de hombres y mujeres en igualdad de condiciones, sin exclusividades en ninguno de los ámbitos. Una sociedad responsable de las necesidades de sus miembros en todos los momentos de su existencia y que involucre en dicha responsabilidad a las instituciones públicas y privadas, empresas incluidas. En definitiva, trabajamos para darle la vuelta al sistema.

POR UNA VERDADERA TRANSFORMACIÓN SOCIAL

¡PARA QUE LA VIDA ESTÉ EN EL CENTRO Y

POR EL DERECHO de “CUIDADANÍA” PARA TODOS Y TODAS!

lunes, 3 de marzo de 2008

MONOREMAS DE DIRECCIÓN II

¿NO QUERÍAS CAFÉ? PUES TOMA DOS TAZAS

Post actualizado a 4 de marzo de 2008 con correo enviado al resto de secciones sindicales como al final de éste artículo mencionamos.

Texto completo del correo enviado AQUÍ.


No parece haberse tomado el camino adecuado (ese de… lo normal, habitual y de sentido común) desde el área de personal a la hora de planificar y distribuir, a nuestro comprender, los horarios de impartición (no confundir con imposición) de los cursos ofrecidos dentro del Plan de Formación Continua 2008.



En anterior post que sobre esta cuestión publicamos, ya informamos de cuales eran nuestras proposiciones y posturas.



Pues bien, no debe haber sentado muy bien ésta crítica positiva en derecho al área de personal, incluida también la Concejal de Atención al Ciudadano, Personal y Servicios Generales pues es quien dicta las instrucciones según se desprende de la lectura de los correos electrónicos que desde su área se emiten; y decimos esto, al haber comprobado el pasado viernes 29 de febrero el contenido del correo recibido a las 12’18 horas en la intranet en el que se nos informaba de la oferta de nuevos cursos de formación.



Oferta que una vez analizada, se observa, que de un total de 64 horas de formación ofertadas, sólo 12 horas se dan en el horario laboral habitual, contraviniendo e incumpliendo nuevamente la normativa recogida en la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, concretamente en su artículo 14. Derechos individuales apartados g) y j); además de no respetar, y por tanto un incumplimiento más, lo que en la citada Ley se recoge sobre el derecho a la negociación colectiva, estando sujeta ésta de entre otros principios, a los de OBLIGATORIEDAD, BUENA FE NEGOCIAL Y TRANSPARENCIA (art. 33 EBEP), que en el caso que nos ocupa parecen estar ausentes al haberse omitido como materia de negociación los horarios de impartición de los cursos, materia de negociación ésta, incluida en la Ley 7/2007 artículo 37 apartado f.


La oferta de formación última planteada tiene tintes al entender de la CGT, de revanchismo y rencor hacia las reivindicaciones que planteamos en la reunión de la Comisión de Formación, esperemos que la «niña de Rajoy» cuando venga, si viene, traslade a su PaPá la situación que vivimos los empleados públicos en el Ayuntamiento de Collado Villalba, pues coincidiremos todos en que no es la normal, habitual y de sentido común; y ver si así, tenemos menos ralo esto.


Desde la CGT decimos, que esta situación de vulneración de un derecho reconocido no podemos consentirla y por tanto actuaremos en el sentido de trasladar petición escrita al resto de secciones sindicales en la cual les solicitaremos convoquemos reunión extraordinaria de la COMISIÓN PARITARIA DE FORMACIÓN CONTINUA donde abordemos y demos solución al problema surgido.


Como también proponemos desde la CGT, en caso de no llegar a una rápida solución satisfactoria para todos los trabajadores en la Comisión Paritaria de Formación Continua, elevar queja escrita a la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), de los comportamientos y conductas que se están llevando a cabo desde la dirección del área de personal de nuestro Ayuntamiento.

lunes, 25 de febrero de 2008

MONOREMAS DE DIRECCIÓN


El pasado lunes 18 de febrero de 2008 se reunió la Comisión de Formación al objeto de tratar el Plan de Formación Continua correspondiente al año 2008.



Desde la CGT se solicitó la apertura de los cursos a la mayoría del personal, aunque en supuestos puntuales tenga que acotarse y/o ajustarse prioritariamente a determinados grupos.



Especial énfasis se puso, y ya son varias las ocasiones en que así nos hemos manifestado, solicitando que los cursos se realicen dentro de la jornada laboral habitual (entendiéndose ésta, la comprendida de lunes a viernes entre las 8’00 y 15’00 horas) para fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar.



La respuesta, como cabía esperarse, nos vino de nuestra estimada y bien abonada (en €uros) señora directora de recursos humanos, que como siempre, lo solucionó de manera rápida señalando recoger nuestra propuesta, que «todo es negociable» y que remite éste tema a la negociación del Convenio y Acuerdo Colectivo; es decir…más de lo mismo.



Pero si veloz fue su respuesta en la reunión de la Comisión de Formación, ante nuestra petición de realizar los cursos en horario laboral para favorecer la conciliación, ágil y presurosa ha estado en dar su primer zarpazo a nuestra propuesta, puesto que el jueves 21 de febrero de 2008 nos informa por la intranet de la impartición de tres ediciones de un curso informático, totalizando las mismas 72 horas de formación para los empleados, de las cuales sólo 24 horas se imparten dentro de la jornada habitual de trabajo, otras 24 horas en horario de tarde, y lo que para la CGT es deplorable, son las 24 horas a impartir en sábado.



A este paso, nuestra estimada y bien abonada (en €uros) señora directora de recursos humanos, impondrá la realización de los cursos de formación en Semana Santa, en horario nocturno, en periodo vacacional…



Una vez analizados los horarios y fechas de impartición, y tras realizar unas sencillas operaciones aritméticas, desde la CGT decimos, a nuestro comprender, que nuevamente nuestra estimada y bien abonada (en €uros) señora directora de recursos humanos, actúa de manera irregular conculcando los derechos que legalmente asisten a los trabajadores; pues, lo normal, habitual y de sentido común (¿le suenan éstas palabras señora directora de recursos humanos bien abonada en €uros? Seguro que sí), es respetar lo que en la legislación se recoge al respecto.



Y para no marear la perdiz, que no la paloma, le mencionamos la Ley que a nuestra estimada y bien abonada (en €uros) señora directora de recursos humanos últimamente parece causarle más furor, la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, que en su artículo 14. Derechos individuales apartados g) y j) textualmente dicen:



g) A la formación continua y a la actualización permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales, preferentemente en horario laboral.


j) A la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.



También, y para una mejor comprensión de lo anterior por parte de nuestra estimada y bien abonada (en €uros) señora directora de recursos humanos, ponemos a continuación el significado que dicta y desarrolla la RAE de las palabras preferentemente y preferencia:



1. adv. m. Con preferencia.

1.f. Primacía, ventaja o mayoría que alguien o algo tiene sobre otra persona o cosa, ya en el valor, ya en el merecimiento.

2.f. Elección de alguien o algo entre varias personas o cosas.



Viendo, como en una de sus acepciones se menciona la palabra mayoría, cuyo significado íntegro según la RAE dejamos enlazado aquí, y extrayendo del mismo el apartado 5º que dice: «La mayor parte de un número o de una serie de cosas que se expresa». Lo cual nos lleva a la conclusión, a modo de ver de la CGT y suponemos que de la totalidad de los trabajadores, pues lo normal, habitual y de sentido común (¿le suenan éstas palabras señora directora de recursos humanos bien abonada en €uros? Seguro que sí ¿y por qué no lo aplica?), es que el número y cosas que nos atañe en éste caso sean las horas de formación a impartir (72) y de éstas, la mayor parte serían como mínimo 37 horas, y no 24 como dice nuestra…



Pues ya lo ve SR. ALCALDE y usted mientras tanto públicamente hablando, dando premios y también recogiéndolos, sobre lo bien que llevamos en Collado Villalba el tema de la CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL, ya lo dice el refrán: «En casa del herrero cuchillo de palo».



¿SR. ALCALDE… HASTA CUANDO?

jueves, 21 de febrero de 2008

ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADOR@S - 19/02/08 - (Resumen)

Informamos para tod@s aquell@s emplead@s que no han asistido a la asamblea general celebrada el pasado día 19 de febrero de 2008 en el aula de formación, o no pudieron asistir, debido a los servicios mínimos impuestos por la bien abonada (en €uros) señora directora de recursos humanos, de lo expuesto en la misma:


PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: Consolidación de empleo temporal
A) Se comunicó a l@s presentes los acuerdos que en las reuniones de la Comisión Paritaria se han tomado sobre las distintas bases tratadas, así como de los listados de personal que reúnen, según el Ayuntamiento, los requisitos exigidos en la Disposición Transitoria Cuarta del EBEP para el proceso de consolidación de empleo temporal de personal funcionario y laboral. También se señaló, la posición que al respecto de estos acuerdos tomados y plasmados en el acta de 30 de enero de 2008 tiene la CGT, que no es otra que, aparte de considerar no ajustarse a lo correcto la redacción del acta, calificar de injusto y discriminatorio el proceso de consolidación presentado por el Ayuntamiento, al entender una falta de igualdad de trato dado a un@s trabajador@s con respecto a otr@s, que estando en la misma situación, es decir cumpliendo los requisitos solicitados en la disposición específica del EBEP, se les ha excluido. Igualmente se indicó, que: «NO ESTÁN TODOS LOS QUE SON CONSOLIDABLES, NI SON CONSOLIDABLES TODAS LAS PLAZAS QUE ESTÁN» .




B) Para una mayor y más fácil comprensión de l@s asistentes se argumentó nuestra posición de la siguiente forma:
1.Se presentaron los listados que el Ayuntamiento propuso, haciendo especial incidencia, en que éstos, sólo se referían literalmente a: «PLAZAS EN PLANTILLA MUNICIPAL QUE REUNEN REQUISITOS DE DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA EBEP».
2.Se leyó la Disposición Transitoria Cuarta del EBEP, matizando para dejar claros los conceptos, que en el texto de la Disposición no se habla para nada de PLANTILLA; que sí se habla de plazas, pero también de PUESTOS y que ambos (plazas y puestos) tengan carácter ESTRUCTURAL; y que tanto las plazas como los puestos, estén dotados de presupuesto y ocupados temporal o interinamente antes del 1 de enero de 2005.
3.Que en resumen los requisitos para ser consolidable la plaza o puesto son los siguientes:
a) Formar parte de la estructura del Ayuntamiento(carácter ESTRUCTURAL)
b) Haber tenido asignación económica anterior a 1 de enero de 2005(dotación presupuesto anual)
c) No haber estado vacante con anterioridad a 1 de enero de 2005(ocupados)
4.Se explicó el significado laboral de «plantilla», indicando que en ella solamente se incluyen las PLAZAS, tanto de personal laboral como funcionario.
5.Se describió y razonó, exhibiendo sentencia judicial, el concepto que supone que un PUESTO sea ESTRUCTURAL, y por tanto con derecho a consolidarse.
6.Se enumeraron las PLAZAS y PUESTOS (+ de 40) que a nuestro entender faltaban de incluir en los listados que el Ayuntamiento presentó.
7.Se pusieron ejemplos de situaciones similares (excedencias, jubilaciones, trabajos superior categoría, comisiones de servicio) entre plazas de funcionario y laboral, que en el caso de las plazas de funcionario sí se han incluido como consolidables, pero no así, las de laborales, cortando de raíz su válida consolidación.
8.Se señalo haber detectado una plaza que no reúne los requisitos para estar en el listado de consolidación, y que a pesar de haberlo señalado la CGT en la Comisión Paritaria, sigue incluida.
9.Se expuso FINALMENTE en este primer punto del Orden del Día y estando pendiente la sección sindical de la CGT de recibir información por parte del área de personal relacionada con los listados de consolidación de empleo temporal entregados, LAS SIGUIENTES PROPUESTAS:
9.1) Realización de propuesta global de consolidación de empleo temporal al área de personal, en el mismo sentido que se realizó en la Comisión Paritaria.
9.2) Pedir apoyo a las personas que se vean afectadas por la exclusión en el proceso mencionado de consolidación de empleo temporal, instándoles a demandar de las representaciones sindicales la defensa de sus derechos, así como, trasladar su desencanto mediante la instancia procedente.
9.3) Confección y desarrollo de acciones, en caso de que el gobierno municipal no acceda a negociar la justa demanda solicitada.

SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: Ruegos y preguntas
A) Se realizaron diversas preguntas en relación con el primer punto, asimismo, se interpeló por las bases y proceso de auxiliares administrativos.




CONCLUSIONES DE LA ASAMBLEA



Visto lo planteado por vari@s trabajador@s en el punto de RUEGOS y PREGUNTAS, la CGT deduce, que ha habido y hay, una falta de información total sobre tan importante proceso de estabilidad laboral, falta de información de quienes (CGT incluida), se supone, fueron elegidos para defender los derechos de los que decidieron con su voto les representáramos.
Creemos, llegado el momento de apartar y dejar de lado cualquier obstáculo existente entre la representación sindical, ante tan importante hecho como es lograr un empleo estable, unir fuerzas todo@s y formar un frente común, fijando como ÚNICO OBJETIVO un proceso de CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL JUSTO Y EN IGUALDAD DE CONDICIONES PARA TODAS LAS PLAZAS Y PUESTOS QUE REUNAN LOS REQUISITOS ESTIPULADOS EN LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA DEL EBEP.




Para ello, la CGT, al igual que ha pedido en la asamblea apoyo del personal afectado y, de éste, que llame a la unidad de acción sindical, TRASLADARÁ al resto de secciones sindicales CITACIÓN de encuentro, en el que solicitará vuelvan a analizar y reconsiderar su inicial postura a las proposiciones de listados de consolidación dados por buenos, al objeto de que sean tenidas en consideración las justas, honestas y ecuánimes reivindicaciones de IGUALDAD de trato efectuadas por l@s emplead@s perjudicad@s.

ACTUALIZACIÓN DE ÉSTE ARTÍCULO A 22 DE FEBRERO DE 2008:

Dejamos enlace de citación de encuentro efectuado a las secciones sindicales aquí.

viernes, 15 de febrero de 2008

ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADOR@S (Funcionari@s y laborales)


Hemos convocado en el salón de actos del Centro Cultural Peñalba ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADOR@S para el próximo martes 19 de febrero de 2008 a las 13'30 horas.



El tema principal a tratar será la CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, pues consideramos que tal como se está desarrollando excluye a un elevado número de emplead@s que cumplen los requisitos establecidos en el EBEP.



Indicar que lo anterior, no excluye que sean tratados otros asuntos de interés, como pueden ser las últimas Bases de Auxiliares Administrativas aprobadas en Comisión Paritaria.


Os esperamos.